• Inicio
  • ¿Quiénes somos?
  • Staff de Prensa  
  • Contacto
Menu
  • Inicio
  • ¿Quiénes somos?
  • Staff de Prensa  
  • Contacto
Categorías
  • Artículos de Opinión (700)
  • Artículos Literarios (141)
  • Canal Interés Público (Videos) (70)
  • CDMX (México) (501)
  • ESTADOS (México) (98)
  • Internacional (163)
  • Latinoamérica (102)
  • Libros (PDF), Reseñas y Documentales. (98)
  • Prensa en General (1,615)
  • Uncategorized (1)
Menu
  • Inicio
  • ¿Quiénes somos?
  • Staff de Prensa  
  • Contacto
Categorías

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR (PTE. DE MÉXICO) ANUNCIA DECRETO PARA LIBERAR PRESOS SIN SENTENCIA ESTE 15 DE SEPTIEMBRE.

Fidel Flores by Fidel Flores
julio 29, 2021
in Prensa en General
0

———- O ———-
NIP 29/07/21 Hrs 9:00 CdMx (Fidel C. Flores C. Reporter). El presidente de México Andrés Manuel López Obrador en conferencia matutina anunció una próxima firma de decreto (Amnistía) este 15 de septiembre, para liberar de prisión a personas con más de 10 años sin sentencia, adultos mayores de 75 años o con enfermedades crónicas, que no hayan cometido delitos graves.
Informó que en los próximos días redactará el decreto en coordinación con la Secretaría de Gobernación, Olga Sánchez Cordero (también presente en la conferencia), para que entre en vigor de inmediato y la liberación no exceda a septiembre del presente 2021.
El decreto que emitirá el gobierno federal anticipó AMLO que será dirigido para los siguientes casos:
No sentenciados del fuero federal con más de 10 años sin sentencia, que no hayan cometidos delitos graves, van a ser liberados
Adultos mayores de 75 años que estén en las cárceles del fuero federal, que no hayan cometido delitos graves, van a ser liberados
Adultos mayores de 65 años, con enfermedades crónicas, que estén en la cárcel y que no hayan cometido delitos graves van a ser liberado
Todo interno en cárceles federales que haya sido torturado y se compruebe mediante el Protocolo de Estambul va a ser liberados. No queremos la tortura en México
“En estos casos se va a seguir un proceso simplificado, se le va a pedir a la Secretaría de Salud que haga los procedimientos correspondientes. El plazo de liberación no va a ser mayor al 15 de septiembre”, finalizó.
———- O ———-

Previous Post

EL OFICIO DE ESCRIBIR Y EL ARTE DE PENSAR. Por Márcia Batista Ramos (*)

Next Post

POESÍA DE MÁRCIA BATISTA RAMOS (*) Por Yurimia Boscán León (**)

Next Post

POESÍA DE MÁRCIA BATISTA RAMOS (*) Por Yurimia Boscán León (**)

Deja un comentario Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Interes Publico © 2023