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Llevar a la cárcel a quien instala estaciones de radiodifusión sin concesión es contrario a los derechos humanos. Algo tan básico, no quiere ser asimilado o atendido por los diputados que en la Comisión de Radio y Televisión aprobaron una reforma que criminaliza esa actividad e ignora las recomendaciones que se han emitido en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Es obvio: los legisladores actúan con agenda política ante las elecciones de 2018 y buscan congraciarse así con un sector de la industria que comparte esa visión estrecha del problema de la radiodifusión ilegal y, claro, de los derechos de las audiencias. Los intereses políticos se imponen a los derechos humanos.
La iniciativa fue presentada por un Diputado del PRI, Benjamín Medrano, y ha contado con el respaldo de ese partido y del Partido Verde. Como lo han denunciado diversas organizaciones, como Artículo 19 y la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) en México, la reforma al artículo 172 del Código Penal se inspira en la legislación chilena, de los gobiernos militares, con el fin de imponer penas de dos a seis años de cárcel, multas de 100 a 300 días de salario mínimo, así como el decomiso de los equipos a las personas que utilicen las frecuencias sin la autorización correspondiente. También la iniciativa busca modificar el artículo 304 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para que aquellas personas sancionadas por la instalación de estas emisoras ilegales queden inhabilitadas para obtener directa o indirectamente concesiones durante un periodo de cinco años.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría para la Libertad de Expresión (RELE) han establecido que en materia de libertad de expresión “las leyes deben adecuarse a estándares internacionales y deben hacerse cumplir mediante el uso de sanciones administrativas proporcionales, y no mediante el empleo del derecho penal” (CIDH, RELE, “Estándares de libertad de expresión para una radiodifusión libre e incluyente”, 2009). Sin embargo, históricamente, el gobierno mexicano ha actuado en un sentido distinto con operativos, en muchas ocasiones muy violentos, de desmantelamiento de estaciones ilegales y, desde luego, encarcelando a los impulsores de estos proyectos de comunicación.
Ante los organismos internacionales, el gobierno ha justificado sus operativos como una respuesta “a las denuncias que le son presentadas por algunos concesionarios de estaciones de radiodifusión que son afectados por la operación de las mismas” (RELE, “Informe especial sobre la libertad de expresión en México”, 2010), y con base en los artículos 149 y 150 de la Ley de Bienes Nacionales que castigan penalmente el uso de frecuencias del espectro radioeléctrico sin autorización. Ahora, como se aprecia, con la reforma al Código Penal se busca castigar con mano más dura y aumentar las sanciones consideradas en la LFTR, en cuyo artículo 305 sólo se prevé una sanción administrativa para quienes transmitan sin concesión, así como la incautación de todos los equipos e instalaciones utilizadas para estas emisoras.
En Twitter, legisladoras como Lía Limón, presidenta de la Comisión de Radio y Televisión, y representantes de la industria han defendido la iniciativa con el argumento de que buscan tutelar el derecho de libertad de expresión de los concesionarios ante interferencias en sus transmisiones y poner orden en la radiodifusión ilegal. También ayer, la organización Radio Independiente de México, que aglutina a radiodifusores locales, celebró la iniciativa, ya que busca “promover la cultura de la legalidad y el apego al estado de derecho”.
Nadie cuestiona tan loables objetivos, pero no es con acciones penales ni con represión como se logrará responder al desafío legal, democrático, que ha traído el crecimiento de radiodifusoras comunitarias e indígenas que operan sin permiso en decenas de poblaciones en nuestro país. La experiencia ha demostrado que la mayoría de estos proyectos no buscan perjudicar a la radiodifusión comercial en sus negocios, la competencia o limitar su libertad de expresión, sino que nacen de la necesidad de ofrecer un servicio social a las comunidades ante la ausencia u oferta muy limitada de canales de comunicación. Además, utilizan frecuencias del espectro radioeléctrico que nos pertenece a todos, pero que por un pésimo diseño de la política pública ha permitido la creación de oligopolios radiofónicos en detrimento, justo, de la diversidad y pluralidad en los contenidos, al igual que en la función social que le es inherente y obligatoria a los medios electrónicos.
La mano dura de los legisladores se da en un contexto que no podemos obviar: más periodistas asesinados, un incremento en el número de agresiones a comunicadores y medios de comunicación, así como la expulsión de periodistas y analistas críticos en la radio. La libertad de expresión vive, como los derechos humanos en su conjunto, una grave crisis en México, totalmente inaceptable. Por eso, el poder legislativo no debe aprobar la iniciativa que apoya la Comisión de Radio y Televisión. Y si nuestros representantes tienen dudas sobre su pertinencia, hablen con los expertos internacionales, especialmente con el relator para la Libertad de Expresión de la CIDH, Edison Lanza, o con el relator especial sobre la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y de Expresión de la ONU, David Kaye, para que analicen lo que se pone en juego con una reforma como esta.
CANAL 22 Y EL SISMO
Hace un par de semanas, escribí en este espacio que durante cuatro días Canal 22 enmudeció en su función de informar sobre el sismo del pasado 19 de septiembre. La periodista Irma Gallo, reportera de Noticias 22 y conductora de Semanario N22, escribió a este columnista que sí hubo cobertura (por Youtube y en la página web de la televisora pública), en “un esfuerzo coordinado por Guadalupe Alonso, Directora de Noticias de Canal 22, bajo las instrucciones de Pedro Cota, nuestro director general”. Agregó que “si bien es cierto que no pudimos trabajar desde los estudios, sí lo hicimos con cámaras y computadoras propias, así como celulares”.
Al leer la versión de Irma Gallo, otro periodista de Canal 22 (que solicitó reservar su nombre) me buscó para informarme que “Noticias 22 no se transmitió del martes 19 al viernes 22” y que “no es cierto que un grupo de reporteros fueran coordinados por Pedro Cota, director de la televisora”. Aclaró que la cobertura periodística de los reporteros “se debió más que nada a un espíritu profesional” y a “una decisión personal que tomaron”. Y es tan evidente que no contaron con el apoyo de los directivos del canal, que -como detalla Irma Gallo- tuvieron que hacer uso de sus propios equipos. “De haber contado con una coordinación y apoyo, las cámaras del canal se hubieran dispuesto para la realización de esa cobertura, pero no fue así”.
IRENE LEVY Y LA PRIVACIDAD
Muchas felicidades a la reconocida académica y experta en telecomunicaciones, Irene Levy, quien este jueves 19 de octubre, a las 17:30 horas, presenta su obra “El ejercicio de la función pública: una perspectiva desde las nuevas tecnologías, la transparencia y los derechos humanos”, que publica el INAI en su colección Cuadernos de Transparencia. Su texto parte de un hecho que generó un debate académico y legal: el uso de Periscope para evidenciar a ciudadanas y ciudadanos que supuestamente habrían violado la ley en esta capital. Los comentarios estarán a cargo del periodista Javier Solórzano y el profesor José Luis Caballero Ochoa. La bienvenida la hará el comisionado presidente del INAI, Francisco Javier Acuña, mientras que la moderación será del comisionado Óscar Mauricio Guerra Ford. La cita es el INAI: Insurgentes Sur 3211, en la Ciudad de México.
Contacto: @telecomymedios
FUENTE: http://www.sinembargo.mx/17-10-2017/3330655
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